Por unanimidad, comisión legislativa rechaza proyecto que anulaba renta vitalicia para exmandatarios


La Comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral de la Cámara de Diputados determinó rechazar por unanimidad el Proyecto de Ley PL-023/2025-2026 que planteaba la eliminación del sueldo vitalicio para expresidentes y ex vicepresidentes de Bolivia. La decisión fue asumida durante la séptima sesión ordinaria realizada el 4 de marzo.
El proyecto, presentado en noviembre de 2025 por un grupo de diputados, proponía abrogar la Ley N.º 376 de 2013, norma que establece un reconocimiento económico mensual equivalente a diez salarios mínimos nacionales para quienes hayan ejercido la Presidencia o la Vicepresidencia constitucional del Estado.
Tras el análisis técnico y jurídico correspondiente, la comisión concluyó que la iniciativa legislativa presentaba deficiencias de técnica legislativa y posibles vulneraciones a principios constitucionales, por lo que resolvió su rechazo y posterior archivo.
El presidente de la Comisión de Constitución, el diputado Juan Del Granado, explicó que la decisión se tomó luego de revisar los informes técnicos elaborados en el proceso legislativo. "La comisión, en su séptima sesión ordinaria, ha considerado el informe del Comité de Desarrollo Constitucional y Legislación y, por unanimidad, ha determinado rechazar el proyecto de ley y proceder con su archivo", señaló.
Del Granado sostuvo que uno de los principales argumentos del análisis legislativo fue la protección de los derechos adquiridos y la seguridad jurídica. "Una vez que una ley otorga un beneficio bajo condiciones cumplidas, como el ejercicio del mandato constitucional, este se incorpora al patrimonio jurídico del beneficiario y su eliminación podría vulnerar derechos adquiridos", afirmó.
El informe también advierte que el proyecto presentaba vacíos en su estructura normativa. Según el documento, pese a contar con una extensa exposición de motivos, la propuesta carecía de un cuerpo normativo suficientemente desarrollado, con artículos claros y disposiciones transitorias que permitieran un tratamiento legislativo adecuado.
Asimismo, se observó que la iniciativa pretendía modificar una partida presupuestaria consolidada sin contar con un informe técnico-económico previo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, requisito establecido en el Reglamento General de la Cámara de Diputados cuando una norma implica cambios en el gasto estatal.
"La técnica legislativa exige que todo proyecto sea una unidad normativa coherente y cuente con respaldo técnico, especialmente cuando se trata de disposiciones que afectan recursos públicos", puntualizó Del Granado.
Otro aspecto señalado en el informe es que la abrogación de la Ley 376 también podría afectar disposiciones relacionadas con beneficios otorgados a mujeres mineras que participaron en la defensa de la democracia, quienes reciben una renta vitalicia en virtud de la misma norma.
Otro argumento esgrimido en la Comisión de Constitución es que la renta vitalicia tiene como objetivo proteger la dignidad de la función de los representantes nacionales. Bajo este mismo principio de protección a la alta investidura del Estado, la eliminación de la renta vitalicia para exmandatarios se percibe como una medida que degrada la institucionalidad presidencial. La ley debe propender a que quienes ostentaron como Jefes de Estado para que cuenten con las condiciones mínimas de independencia y decoro, sin exclusiones vinculadas a ideologías o posiciones político partidarias.
En ese contexto, la Comisión concluyó que el proyecto no cumplía con los requisitos formales y sustantivos necesarios para su aprobación, además de generar posibles conflictos con principios constitucionales vinculados a la seguridad jurídica.
Con base en estas observaciones, los miembros de la Comisión presidida por Del Granado resolvieron rechazar la iniciativa legislativa y disponer su archivo, cerrando así su tratamiento, al menos en esta instancia legislativa.