El viceministro de Transparencia, Seguridad Jurídica y Derechos Humanos, Yamil Flores, justificó la aprobación del Decreto 5515, que faculta al presidente del Estado a seguir gobernando aún desde el exterior a través de plataformas digitales y limita las funciones del Vicepresidente, y aseguró que un viaje no significa "ausencia" del Jefe de Estado.
El Decreto fue cuestionado por la oposición – y parte de la sociedad- debido a que vulnera el artículo 169 de la Constitución Política del Estado (CPE); sin embargo, Flores aseguró que la norma señala el Vicepresidente sustituye al presidente en casos de ausencia o impedimento e insistió que viajar al extranjero no necesariamente constituye una ausencia si el mandatario puede ejercer sus funciones mediante tecnologías de información y comunicación.
"Si el presidente está en condiciones de mantener interacción en tiempo real, no se aplicaría el concepto de ausencia temporal ni definitiva", afirmó en contacto con el portal Brújula Digital.
Afirmó, en ese sentido, que la normativa busca "actualizar" la interpretación que se hace de la Constitución ante los avances tecnológicos. Según García, en la actualidad, los actos administrativos y jurisdiccionales pueden realizarse de manera virtual, lo que permite que la presidencia no quede limitada a un despacho físico.
Además, reconoció que el Decreto busca evitar que el vicepresidente del Estado, Edmand Lara, asuma la presidencia en ejercicio ya suma decisiones que van "en contra" del Gobierno.
"No puede exponerse a la ciudadanía a que el presidente tenga que ausentarse por unos días y el vicepresidente comience a generar actos que vayan directamente en contra de toda la política de gobierno", subrayó.
En relación con eventuales cuestionamientos legales, el viceministro señaló que cualquier controversia sobre la constitucionalidad del decreto deberá resolverse en el Tribunal Constitucional, que es la única instancia con autoridad para declarar la inconstitucionalidad de una norma
El presidente Rodrigo Paz promulgó el Decreto Supremo 5515, que modifica la Organización del Órgano Ejecutivo y autoriza al mandatario a ejercer sus atribuciones constitucionales desde el exterior de manera temporal, utilizando medios tecnológicos de comunicación.
En la práctica, la norma establece que, cuando el presidente se encuentre fuera del territorio nacional, podrá continuar ejerciendo sus competencias previstas en el artículo 172 de la Constitución Política del Estado mediante canales tecnológicos oficiales.
Transparencia sobre el DS 5515: No puede exponerse a la ciudadanía a que el Vicepresidente actúe contra la política del Gobierno
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